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La Defensa de los Derechos de los Animales exige cambiar el concepto jurídico de Persona

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La lucha por los derechos de dos simios casi hicieron tambalear el concepto jurídico de “Persona”. Se trata de dos casos muy interesantes en el ámbito jurídico internacional. ¿En el futuro próximo, los animales podrán ser considerados como Persona?

Un poco de Historia

La Historia y el Derecho muchas veces se entremezclan, de la misma manera que sucede con la Cultura y las dos anteriores. Así podemos ver que el Derecho actual tiene raíz en el Derecho Romano, y de alguna manera también en otras fuentes, como en la Cultura de Grecia.

Hace muchos años atrás, cuando los griegos eran poderosos, la Cultura estaba de moda. Fue el auge de la Cultura en esos momentos, y jamás volvió a repetirse desde entonces, mucho menos con los pragmáticos romanos.

Durante el apogeo de los Griegos, floreció la Filosofía, El Arte, los Mitos, las Guerras, los grandes Templos y el Teatro (entre otras muchas cosas más). En la Filosofía, surgieron los sofistas, Sócrates, Platón, Tracímaco, Aristóteles, y muchísimos más. En las guerras, dicen que nadie superó a Alejandro Magno para engrandecer el Imperio, pero también tuvieron muchos héroes como Aquiles, quien parecía ser inmortal. Y así, sobresalieron en casi todas las ramas, hasta llegar a la Cultura, y en especial al Teatro.

Ellos fueron muy avanzados en casi todo, basta con ver cómo han perdurado los anfiteatros griegos, e inclusive éstos han sido copiados en muchas partes del mundo. Los anfiteatros estaban construidos generalmente de manera circular o semicircular, de una manera sencilla: en la parte más baja estaba el escenario (al revés de nuestros actuales teatros) y en círculo o semicírculo escalonado se sentaban los espectadores.

La máscara “Personae”

En los Teatros griegos, los actores utilizaban unas máscaras muy particulares, las cuales se llamaban personae (de ahí deriva la palabra persona). Dichas máscaras representaban al personaje, y en ellas se destacaba el gesto, una sonrisa o alguna clase de mueca, sea de tristeza o de dolor. Detrás de las máscaras, podría estar cualquier actor, no importaba, puesto que lo verdaderamente importante era el persona que se distinguía con la “personae”. Con solo intercambiar las máscaras se podía cambiar de expresión, así como también de personaje.

 

Esas máscaras todavía simbolizan al Teatro, ustedes podrán ver en las carteleras o en las invitaciones a determinadas funciones, dos máscaras juntas, una como si estuviera sonriendo y la otra con gestos de tristeza. Así fue como nació el concepto de “personae” (una máscara) para representar al personaje, y más tarde sirvió para representar a la persona (ser humano con derechos).

Personalidad jurídica

Algunos preguntarán- ¿La “Persona” es una máscara? Antes lo era, ahora ya no. Actualmente es un concepto que sirve para definir a un portador de derechos humanos. El concepto de persona nació de la palabra de una máscara, que representaba a un personaje, pero después se extendió al titular o al portador de los derechos.

¿Cualquier ser humano era considerado “persona”? No. Antiguamente, solo eran “personas” los privilegiados, ellos eran portadores de derechos, y los demás solo tenían obligaciones. No eran persona, por ejemplo, los esclavos, los soldados derrotados en las guerras, y en algunos lugares también se excluía a las mujeres y a los niños, así como también se excluía a determinados grupos sociales, étnicos, oficios, etc.. El concepto fue evolucionando, hasta que ser comenzó a proteger al ser humano en la niñez, y así se estiró hasta que en algunos lugares comenzaron a proteger al ser humano al partir del nacimiento. Actualmente, en casi todas las legislaciones del mundo se protege al ser humano desde la concepción (desde que está en la “panza” de la madre, por lo que un concebido, puede recibir derechos y hasta obligaciones, como en los casos de testamentos, herencias, donaciones, etc.).

En la práctica, se hacen muchas excepciones a la protección del recién concebido, puesto que en muchas legislaciones -lamentablemente- se prioriza el derecho de la mujer al aborto por sobre el derecho del concebido a ser considerado como Persona. Y lo peor de todo esto, es cuando se ven a grupos que se consideran “progresistas”, y se dicen “defensores de la vida”, pertenecientes a grupos de autoayuda en contra de las adicciones y de los suicidios, pero a favor del aborto, en fin.

Clases de Personas

El concepto “Persona” fue evolucionando lentamente, pasando de ser exclusivamente un asunto humano, hasta llegar a existir “personas jurídicas o morales”.

Antes, solo era considerado “Persona” aquél que descendiera de las clases privilegiadas, después se expandió a los que tuvieran muchas propiedades (riquezas y esclavos), y finalmente se comenzó a dar derechos a los esclavos, a las mujeres, a los niños, a los bebés… hasta llegar a los recién concebidos.

Sin embargo, el concepto se fue extendiendo en la “personalidad jurídica”, es decir, un sujeto de derechos y obligaciones, como en los casos de las personas jurídicas o morales. En estos casos, una empresa, una entidad, una fundación y/o asociación civil, tienen derechos y obligaciones, por lo que pueden donar, transferir parte de sus patrimonios, pueden ser demandados, etc., por lo que son considerados Personas jurídicas o morales.

Pero ahora parece que le toca el turno a los animales…

El Caso de Tommy

 

En los Estados Unidos (EE.UU.) se puede ver el caso de un chimpancé viejo que vive enjaulado.  Se llama Tommy, y tiene 26 años y su caso llegó hasta los tribunales para que lo soltaran. Un juez le negó al chimpancé la posibilidad de tener derechos y de esa manera rechazó la petición para que el animal sea liberado en un santuario para animales en Florida. El abogado Steven Wise defendió a Tommy e inclusive apeló ante el Tribunal, diciendo que “las condiciones de vida del chimpancé son semejantes a los de una persona en aislamiento ilegal”. El caso fue importante desde el punto de vista de que, si otorgaban derechos al Chimpancé, éste prácticamente estaría dentro del concepto de Persona. Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones (tres jueces de la División de Apelaciones en Nueva York) le negó por unanimidad la libertad a Tommy y éste deberá permanecer encerrado el resto de su vida. El tribunal dijo que no hay precedente de que los animales sean tratados como “personas” y que los chimpancés no tienen las obligaciones legales ni las responsabilidades sociales que le dan derechos a los seres humanos. En otras palabras los jueces del tribunal dijeron, que el dueño puede ser hacer lo que quiera con el animal y no está obligado a dejarlo en libertad. El propietario de Tommy, se llama Patrick Lavery, y dijo estar contento con la decisión del Tribunal.

El Caso de Sandra

En Argentina también ocurrió un caso, con la orangután Sandra. Sin embargo, la Justicia de aquel país tomó un criterio distinto al de los jueces estadounidenses, y le terminaron otorgando ciertos derechos. Veamos.

Se trata de la orangután Sandra, de 29 años de edad, la cual vive en el zoológico de Buenos Aires y hace 20 años que vivía enjaulada. En ese país, la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales impulsó una lucha judicial para liberarla y soltarla en un santuario ecológico de Brasil. En primer momento, recibieron negativa, pero ellos interpusieron un recurso de “hábeas corpus” para que lo liberen y al parecer ganaron el caso (solo falta ver si el zoológico apelará, pero es difícil y tiene mucho que perder).

El fallo dice que el animal puede gozar de derechos como los de una persona y disfrutar de condiciones de vida en un hábitat más idóneo. El caso de Sandra se transformó en un caso único, y de alguna manera podría transformarse en un “leading case” (caso avanzado y de referencia para otros casos similares).

Sandra había nacido en un zoológico de Alemania, y tuvo una cría con otro orangután, pero fue separada de su cría. Varias ONG trataron de hacer entender a los jueces que el concepto “Persona” no debe ser cerrado, exclusivo para el ser humano, sino que deberían considerar también a los primates grandes: gorilas, orangutanes y chimpancés, por tener un cierto nivel de raciocinio. Sin embargo, hasta el momento, todos los jueces negaban la posibilidad de otorgarles derechos a los simios por la simple razón de la que la tradición jurídica enseñaba que solo los seres humanos podrían ser considerados como “personas”.

Se supone que el concepto de “Persona” está relacionado de alguna manera con la inteligencia inherente o el raciocinio del ser humano. Así es como actualmente muchas personas no pueden ejercer todos los derechos (como las personas con problemas mentales, o incapacidades crónicas, en donde le limitan ciertos derechos, los cuales pueden ser ejercidos a través de un tutor o representante). Sin embargo, ellos mismos no dejan de ser considerados “Personas”.

Por tal motivo, un simio con un cierto grado de inteligencia, podría ser considerado como “Persona”, para los únicos efectos de que pudiera ser liberado y vivir en su hábitat natural, dejando así de ser enjaulado en una casa o en un zoológico. Eso mismo pensó uno de los abogados que defendió a Sandra: “Si el desarollo de la humanidad está centrado en la ampliación de la racionalidad, Sandra es entonces sujeto de derecho”, dijo Andrés Gil Domínguez.

El animal, pasaría a tener un status de Personalidad, sin necesidad de que fuera humano, de la misma manera que lo pueden ser las personas jurídicas o morales (no son humanos pero tienen derechos y obligaciones).

Sandra es, hasta ahora, el primer simio o primate grande en ser considerado casi como una Persona. Dicho de otra manera, se reconoce que el orangután Sandra es un sujeto no humano, con ciertos derechos, y eso le pone en una posición intermedia entre las Personas (humanos) y los Animales sin derechos.

Conclusión

Al parecer, es hora de que reconsideremos el trato de los animales, no como una relación de subordinación de ellos hacia el ser humano, sino como una relación de respeto. La Protección de los Derechos de los Animales exige una protección a sus Derechos, los cuáles -hasta ahora- se podría considerar un catálogo de derechos más básicos que los Derechos Humanos, pero inevitablemente tendrían Derecho a la Vida, Derecho a no vivir encerrados. Derecho a volver a su hábitat natural.

Sandra es el primer caso en la actualidad que podría ejercer algunos de estos derechos, y es posible que su caso cause un cambio en la mentalidad de los jueces que tienen que lidiar con el concepto arcaico de “Persona”, el cual solo se relacionaba con el Ser Humano. Pero tampoco no debemos descuidarnos ni caer en contradicciones o excesos, para no terminar cometiendo los mismos errores de la antigüedad, como en el caso del emperador romano Calígula, quien nombró “Cónsul honorario” a su Caballo preferido, Incitatus, puesto que esas clases de situaciones están más relacionadas con la Locura, que con el Raciocinio necesario para exigir Derechos para los Animales.

¿Qué seguirá después?

Una vez que se reconozca el concepto jurídico de persona, como un status especial para proteger a los animales, se podrá extender dicha personalidad a toda clase de animales inteligentes, y con ello se podrá garantizar la vida de ciertas especies.

Ya no se tratará solamente de defender los derechos de los simios grandes (orangutanes, chimpancés, gorilas), sino también de otras especies inteligentes, como elefantes, delfines, ballenas, etc., impidiendo así, las cacerías que son legales en muchos países y los maltratos de mascotas y de distintas especies, como se ve en la actualidad.

Los animales -por sí mismos-, no se pueden defender en el ámbito jurídico, por lo que los “héroes jurídicos” (los jóvenes abogados y funcionarios que protegen a los animales) serán los indicados para modernizar el concepto, a través de las demandas, la legislación y la jurisprudencia. Lo más absurdo que existe, es que existan animales en peligro de extinción que viven separados, en pequeñas jaulas de zoológicos o en zonas privadas de “ricachones”, en vez de estar sueltos en reservas naturales o santuarios ecológicos que se parezcan mucho a sus hábitat naturales. Todo esto requiere un cambio, todo sea para proteger a los animales. Si es necesario modificar el concepto de “Persona” para poder salvar a los animales, que así sea.


Archivado en: Derecho, Notas, Notas de opiniones, Notas jurídicas Tagged: Chimpacé, Concepto de Persona, Orangután, Persona, Simios, Sujeto no humano

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